Según el fallo, la ley de Servicios de Comunicación audiovisual no define que la Comisión Bicameral parlamentaria, facultada para designar sus representantes del Directorio, debe estar integrada de acuerdo a la composición del Congreso conformado luego del 10 de diciembre de 2009. Este es el primer fallo a favor del texto de la Ley de S.C.A.
De acuerdo a la norma 26.522, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) comenzó a funcionar el 10 de diciembre de 2009. Por ese motivo Pinedo entendió que la conformación del Directorio designado antes de esa fecha no era reflejo de la composición del Congreso cuyas bancas se renovaron también el 10 de diciembre.
Pinedo apuntaba con esta denuncia a que la oposición tuviera un lugar más en el Directorio del organismo que reemplazó al Comfer.
El diputado había solicitado que se dicte una medida cautelar para que se suspenda el artículo 2º inciso b) del Decreto 1525/09 que reglamentó el mecanismo de designación de los siete integrantes del Directorio de la Afsca.
Los magistrados entendieron que prima facie no se desprende en la Ley de S.C.A. la fijación de un momento determinado para proceder a la integración de la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, que debe designar a 3 de los 7 directores, ni que deba conformarse a partir de la renovación de los integrantes del Congreso.
Cabe señalar que de acuerdo al artículo 14 de la Ley 26.522 los integrantes del Directorio de la Afsca durarán 4 años en sus cargos debiendo existir 2 años de diferencia con el inicio del mandato del Presidente de la Nación. De allí el pedido de Pinedo para que la designación de los 3 directores se haga con la Comisión Bicameral conformada con el mapa legislativo surgido tras el 10 de diciembre.
Dicha Comisión Bicameral designó al abogado Claudio Schiffer como representante del oficialismo en el Directorio de la AFSCA. En tanto la oposición aún no propuso sus representantes.