Responsabilidades compartidas en el uso de Agroquímicos

28-12-2016

En este sentido, ha tenido una significativa participación en el armado del proyecto que dio origen a la Ley Provincial Nº 9164 de Productos Químicos y Biológicos de Uso Agropecuario (Ley de Agroquímicos), así como en su puesta en funcionamiento.

¿Por qué productores, ingenieros agrónomos y la sociedad en general deben estar al tanto de la existencia y vigencia de la Ley 9164?

Para referir a cualquier actividad que involucre el uso de productos fitosanitarios (o agroquímicos), hay que reconocer que se trata de productos potencialmente peligrosos que requieren un tratamiento especial.

La ley de agroquímicos de Córdoba está considerada como una de las que más resguardo prevé para la salud humana y el medio ambiente, contemplando responsabilidades para cada uno de los actores que intervienen en el proceso de uso y aplicación de fitosanitarios.

Uno de ellos es el “usuario responsable”, que es quien se beneficia con el empleo de un producto en cuestión. El usuario responsable más común es el productor agropecuario; frutihortícola o vitivinícola. También se incluyen en este campo los acopiadores e industrializadores de granos, municipios y concesionarios de ferrocarriles.

El usuario debe ser consciente que liberar estos productos tiene un efecto de riesgo para la salud de las personas y el ambiente. Por lo tanto, se deben extremar las medidas para que el impacto contaminante sea el mínimo posible, por un lado; y el más efectivo para el cultivo, por el otro.

Para respetar el marco legal vigente, este usuario precisa de la intervención de un profesional capacitado en el tema, que es el ingeniero agrónomo matriculado y con formación como asesor fitosanitario; inscripto en el registro oficial del Ministerio de Agricultura y Ganadería de Córdoba.

La actuación profesional de este asesor puede materializarse en la emisión de la receta fitosanitaria, previo diagnóstico del lote en cuestión e identificación de situaciones problemas si las hubiere (por ejemplo, la cercanía de centros poblados, cultivos vecinos susceptibles al producto recetado, colmenares, cursos de agua, entre otras); o bien, puede decidir no aplicar si no es necesario. El tratamiento del cultivo es lo que se traslada a la receta, indicando dosis y condiciones ambientales de uso del producto recetado (temperatura, humedad relativa, velocidad y dirección del viento, entre otras).

La máquina encargada de realizar la aplicación también debe cumplir ciertas normas, como la de someterse a una revisión técnica que fija parámetros de funcionamiento y registrarse en el ministerio provincial. El productor agropecuario tiene que cerciorarse que la máquina que ingresa a su campo cumpla estos requisitos.

El aplicador, quien conduce la maquinaria, debe tener un carnet oficial que lo habilita para realizar su trabajo. Esto vale también para los aeroaplicadores.

Un caso especial son las aplicaciones periurbanas que requieren de mayor cuidado por el riesgo que implica para los habitantes de las localidades. Hay municipios de la provincia de Córdoba que cuentan con ordenanzas al respecto y con un control profesional más exhaustivo. Por lo general, las ordenanzas establecen zonas de exclusión superiores a las indicadas en la ley y cada municipio puede elaborar las suyas, siempre que las franjas de resguardo no sean inferiores a las exigidas en la ley provincial.

El productor agropecuario, con la receta fitosanitaria, con la maquinaria y el aplicador habilitados, está cubierto por la Ley Nº 9164 y por las ordenanzas municipales correspondientes.

Es sustancial lograr la concientización general sobre la importancia del cumplimiento de la ley, no solo como protección de la salud humana y ambiental, sino también en términos de mejoras en la producción.

Si de Buenas Prácticas Agropecuarias se trata, la PRODUCCIÓN RESPONSABLE es el principal bastión, y cada uno de los actores debe asumir el rol que le corresponde en esta cadena.

La ley de Córdoba es una de las más avanzadas en el país respecto al control de los productos fitosanitarios. Resta fortalecer la voluntad de cumplimiento de todos los involucrados e incrementar los controles por parte del Estado.

CIAPC

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