Prórroga a los prestadores de TV para presentar DDJJ ante la AFIP

07-02-2011

La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) decidió prorrogar la obligación establecida por la Resolución 325-AFSCA/10 para que los prestadores de servicios de comunicación audiovisual realicen la Declaración Jurada de Prestadores, a través de la página web de la Afip. Así consta en la Resolución 3 publicada en el Boletín Oficial del 1º de febrero.

Esta es la segunda extensión del plazo. La primera había vencido el 31 de enero. En esta ocasión la prórroga también se extendió por que la Afsca recibió solicitudes por parte los interesados.

Asimismo, el artículo 2º de la Resolución 3 extendió la obligación de realizar la Declaración Jurada de Prestadores a las productoras de contenidos, las empresas generadoras y/o comercializadoras de señales o derechos de exhibición para distribución de contenidos y programas destinados a ser difundidos a través de los servicios regulados por la Ley Nº 26.522.

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