La información corresponde a una medida cautelar presentada contra la Cooperativa de Servicios Públicos de Morteros, en la provincia de Córdoba, que inició los trámites para obtener una licencia de cableoperador local ante la Afsca.
Los fundamentos del Juez Carbone para hacer lugar a la medida cautelar se basan en la exención impositiva de Ganancias de las entidades sin fines de lucro.
El magistrado, quien ya se ha pronunciado en contra de los artículos 161 y 41 de la Ley de Medios, hizo lugar a la medida considerando que “es probable que a mérito de la exenciones impositivas impuestas por ley una cooperativa obtenga ventajas que le permitan sostener un precio por el servicio que ha de prestar”, dice el fallo.
La aceptación de la cautelar le ordena al Ejecutivo, a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) y a los demás organismos de la Administración Pública a que se abstengan de “dictar, implementar y/o ejecutar actos, ya sea de alcance individual o general, y realizar trámites que impliquen la aplicación” del artículo 30 de la ley 26522.