Mediante una recurso administrativo, ambas cooperativas de servicios públicos plantean la nulidad de la resolución 3442/18 que obliga a facturar el servicios de energía eléctrica de las cooperativas de todo el país de manera separa de cualquier otro concepto que no remita al mismo.
Según la presentación realizada por el abogado que los representa, esta decisión del Inaes “impide el ejercicio de los derechos subjetivos públicos” que ambas entidades tienen como titulares de la concesión otorgada por los estados municipales.
En el escrito presentado en la justicia las cooperativas de Plottier y Zapala piden la nulidad de la medida que “ha sido dictada por un organismo que no tiene competencia para resolver cuestiones vinculadas a la facturación de los servicios sociales” que prestan ambas entidades y que ha sido decidió por los asociados, explica entre los argumentos presentados.