Las cooperativas podrán ser radiodifusores

28-11-2003

Ante la pregunta efectuada por periodista Luis Mato, sobre qué actitud piensan adoptar en la comisión que preside, teniéndose en cuenta los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación al declarar inconstitucional el artículo 45 de la Ley de Radiodifusión (Ley del proceso militar), que prohíbe a las cooperativas prestar el servicio de radiodifusión desde hace más de 20 años, Jenefes, respondió: “sobre el artículo 45, le digo que el próximo jueves (4 de diciembre) se aprueba el dictamen de la Comisión de Comunicaciones que presido, modificando el artículo 45 y permitiendo a las cooperativas acceder a los medios de radiodifusión, ya que es el criterio que ha fijado la Corte Suprema de Justicia de la Nación y tenemos que adecuar la vieja Ley de Radiodifusión a lo que se nos esta marcando en la República Argentina, esta modificación del artículo en cuestión pasa luego a la Cámara de Diputados de la Nación, para la aprobación solamente de la modificación del artículo 45 y seguramente el año que viene vamos a tratar de sacar una nueva ley de radiodifusión, ya que esto es una materia pendiente en nuestro país”.

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