'Lamentablemente desconocíamos esta información”

10-02-2011

El comunicado de la Justicia sobre esta acción tiene fecha 27 de mayo de 2010, pero la actual conducción conoció la decisión luego de que una mutual del interior de Córdoba fuera inspeccionada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) exigiendo la documentación requerida por la resolución 2525.  

“Han pasado muchos meses y lamentablemente miembros de la Comisión actual de Femucor (de ese momento),  en mi caso como tesorero,  desconocíamos esta información”, expreso Alejandro Russo en una entrevista a Sitiocooperativo. “Intuimos lo que pasó, pero es una cuestión interna de la federación que lamentablemente está afectando a las entidades mutuales”

Días atrás, luego de que la Federación de Mutualidades de Córdoba (Femucor) hiciera pública la noticia de la revocatoria a través de su  página web, el ex presidente Jorge Martino envió una carta al sitio de noticias mutualista Con Opinión expresando:  “decir que la actual gestión toma conocimiento de ello ahora en virtud de una consulta llevada a cabo por una Mutual federada de la zona del este cordobés, cuando seis de los actuales miembros formaban parte de la anterior gestión de gobierno, me exime de todo tipo de comentarios". Lo que no menciona Martino son los nombres de esos directivos, algo que aportaría claridad al asunto en cuestión, ya que algunos miembros integran la actual conducción de Femucor.

Otro punto que oscurece la situación, y es introducido por la mutual inspeccionada por la Afip, es que en la Memoria del Ejercicio de Femucor cerrado al 31 de julio de 2010, se menciona el un punto especifico titulado: CAUTELAR CONTRA RG AFIP 2525. Allí se hace referencia a la Resolución Judicial con fecha 10/03/2010 que declara la inconstitucionalidad de la 2525,  se menciona también de la apelación que hace la AFIP en contra de ésta  pero nada se dice sobre la Resolución del 27/05/2010 que hace lugar a la apelación interpuesta por la AFIP y que revoca la cautelar en todos sus términos, tomando en cuenta que este fallo se encontraba comprendido en el período de la Memoria del Ejercicio.

En definitiva, este hecho deja al descubierto las diferencias internas de la anterior gestión que derivaron, en las últimas elecciones de Femucor, en la presentación de dos listas opositoras que dividieron a la Mesa Directiva.

Quiénes conocían o no la información, no se sabe hasta el momento. Tanto el ex presidente Martino como el actual Russo utilizaron en sus argumentos de campaña el triunfo contra la Resolución 2525 y lo destacaron como un gran “logro” de la Federación, sabiendo uno o ambos que la Justicia había fallado en contra.     

Russo afirma intuir “lo que pasó” y se refiere a un “cuestión interna”. Lo cierto es que de ser así se trataría de un grave proceder en el accionar de los dirigentes que estuvieron al frente en ese momento conociendo la verdad. Estará en manos ahora de las mutuales cordobesas federadas pedir las explicaciones del caso a sus dirigentes.

Rige la resolución de la CAM. Ante esta situación, Femucor hace conocer a sus afiliadas que sigue en vigencia la resolución judicial a favor de la Cámara Argentina de Mutualidad (CAM), con fecha 12 de marzo de 2009, que suspende la Res. 2525 de la Afip.  Esta medida estaría protegiendo a sus asociadas ya que la federación está adherida a la CAM.

Para lo cual, recomienda a las mutuales cordobesas una serie de pasos que pueden consultarse en su sitio web para presentarse ante la Afip y dar cuenta de dicha vigencia.  

Res. 2525. Esta medida cobra vigencia a partir de marzo de 2009 e indica que las entidades mutuales y cooperativas mencionadas en el anexo 2 debían presentar declaraciones juradas e informar sobre los asociados que superaran los 10 mil pesos de movimiento anual.

Tanto Femucor como la propia CAM consideró que se trata de una medida en contra del Código Penal. Esto motivó una presentación judicial de parte de ambas entidades declarando la “inconstitucionalidad” de la resolución.

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