La Justicia negó fraude laboral contra cooperativas

24-11-2011

La instancia fue iniciada por Paula Barbarán, miembro de 8 y ½, contra COLSECOR y la Cooperativa de Trabajo 8 y ½ por pretender una relación de “dependencia” con la primera, negando la existencia de la segunda entidad.

Según la Cámara, Barbarán “no pudo acreditar tal vínculo” con

COLSECOR y de las pruebas documentales, informativas, contables y testimoniales se desprende que la Cooperativa de Provisión y Comercialización de Servicios Comunitarios de Radiodifusión COLSECOR Ltda. y la Cooperativa de Trabajo Ocho y ½ Ltda., tanto en su constitución como en su funcionamiento, lo hacían bajo el “régimen cooperativo”. Bajo estos términos, la Sala 4º de la Cámara de Trabajo que integran Henry Francisco Mischis – autor del voto –, Mario Ricardo Pérez y Gabriel Alejandro Tosto “negó” que ambas entidades hayan incurrido en “fraude laboral” en perjuicio de Barbarán.

El fallo agrega que de la prueba recogida se desprende que se ha acreditado “la legalidad de la constitución de ambas cooperativas (…) quedando probado por el contrario que las mismas han operado con autonomía funcional y económica según resulta del análisis de las pruebas”.

 En este sentido, el vocal Mischis advirtió que se comprobó además que Barbarán “percibió en forma mensual sumas de dinero en concepto de ´retornos´ que eran liquidados en una caja de ahorro abierta al efecto”.   El funcionario también destacó que de la testimonial surgió que “la actora tenía pleno conocimiento de la modalidad de las tareas que se comprometía a realizar dentro de la sociedad a la que se incorporaba” como así también el modo de distribución que percibía por éstas.

 Al no poder demostrar su dichos, la demanda iniciada por Barbarán y

llevada adelante por el abogado Luciano Adolfo Cafure fue rechazada para ambas

entidades, confirmaron los representantes legales de COLSECOR, Marcelo

Rodríguez Aranciva, y de 8 y ½, Julio Fernández.

Este fallo trae “un efecto dominó sobre las demás causas involucradas”, aseveró Fernández. Esto pone en claro que 8 y ½ “surgió como una cooperativa de trabajo auténtica y no como una máscara al servicio de un fraude laboral, como pretendía la parte vencida”, enfatizó el abogado de parte.

Cuando se inició esta instancia en la justicia en agosto de 2005

“algunos creyeron que detrás de un juicio, o de una aventura judicial, podían obtener ventajas económicas amañando argumentos que han sido destruidos con la prueba categórica desde el punto de vista documental y testimonial”, afirmó Fernández.

Para el letrado de COLSECOR, el abogado Marcelo Rodríguez Aranciva, el fallo “sienta un precedente jurisprudencial muy claro en cuanto a que no se puede cambiar un vínculo asociativo por uno laboral cuando están claramente tipificadas las conductas asociativas”. Aranciva destacó la sentencia es “ejemplificadora y docente” porque pone de manifiesto que “no se puede confundir la solidaridad cooperativa con elementos constitutivos del fraude laboral”.

El abogado de 8 y ½ agregó también que estuvo claro desde un principio la “maniobra de abrir un abanico de causas – 11 y todas por separado – para beneficiarse con algún fallo contradictorio,   lo que ha significado un trabajo excesivo que se sumó a la mentira

prefabricada detrás de ese supuesto fraude laboral”. Esto ha sido una falta de respecto a la misma función judicial”, refirió Julio Fernández.

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