La justicia investiga por lavado de dinero al cable

08-03-2004

Según la Asociación Argentina de TV por Cable, que preside Walter Burzaco, los circuitos cerrados de televisión y las antenas comunitarias se fueron multiplicando en el interior del país, “con sacrificio e ilusiones”.

Ni siquiera había una legislación que encuadrara la actividad. Ya que no se utilizaba el espectro radioeléctrico, bastaba un permiso municipal por el uso del espacio aéreo para instalar un sistema de cable. Recién en 1972, con la creación del Comité Federal de Radiodifusión, el cable empezó a considerarse un servicio especial de radiodifusión, en base a equipos de fabricación artesanal.

Durante los '80, el crecimiento de la actividad fue frenético, y en los '90 se convirtió en una estrella financiera, aprovechando la burbuja de las tecnologías emergentes que flotaba en el Nasdaq.

Entonces, ocurrieron operaciones irregulares, comportamientos corporativos extraños que han provocado que Claudio Bonadío, juez de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Ciudad de Buenos Aires, haya abierto una investigación por presunto lavado de dinero de los 3 sistemas de TV por cable (multi system operator) más importantes del país: CableVisión, Multicanal y Supercanal.

El juez Bonadío se encuentra convencido de que han existido conductas financieras delictivas en las 3 empresas que lideran la actividad.

La prioridad de Burzaco: la lucha contra las cooperativas

Aparentemente, la industria no ha tomado debida cuenta aún del problema inminente. Parece más preocupada por cerrar la brecha que permita ingresar a nuevos competidores, y la obsesión es bloquear a las cooperativas de electricidad.

Abundó la preocupación cuando la Sala “A” de la Cámara Federal de Córdoba confirmó el fallo de 1ra. instancia declarando la inconstitucionalidad del artículo 45 de la Ley 22.285, autorizando a la Cooperativa Telefónica de Servicio Público y Comunicaciones de Villa del Totoral Limitada, a ser adjudicataria de licencias para la prestación del servicio de radiodifusión.

En la sentencia del tribunal de 2da. instancia se estableció que “no se vislumbra apoyatura jurídica y menos motivación teleológica en el artículo 45 para impedir a las personas jurídicas no comerciales el acceso a las licencias de radiodifusión.

Se declara categóricamente que los servicios de radiodifusión de interés público incluye connotaciones fundamentales sobre este particular, a saber: que deben satisfacer los objetivos comunitarios que se les fijan; que su prestación resultante del principio de subsidiariedad no debe constituir una mera actividad mercantil o lucrativa”.

En la página web de la Asociación de TV por Cable, su titular, Burzaco, hace referencia, en la sección Carta del Presidente, al litigio con las cooperativas y no menciona el mayor problema judicial: que los directivos y ex directivos de CableVisión, Multicanal y Supercanal sean llamados a indagatoria, procesados y llevados a juicio por presuntos delitos que, de confirmarse la figura de lavado de dinero, no son excarcelables.

Bonadío, titular del Juzgado federal porteño Nº 11, comenzó investigando a la TV por cable por un presunto delito, según el expediente, de violación de la Ley de Radiodifusión, pero ahora también es por supuesto lavado de dinero.

La investigación se originó en el año 2000 por una denuncia de la Sindicatura General de la Nación (Sigen) respecto del incumplimiento de ciertos deberes impuestos por la Ley de Radiodifusión.

El síndico general era Rafael Bielsa, hoy ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

En muchos casos, debidamente apuntados en el expediente, empresas como Multicanal, Supercanal y Cablevisión, han sufrido reiteradas modificaciones de los integrantes de sus personas jurídicas, rotaciones societarias que en escasas ocasiones se notificó debidamente al Comfer y menos aún se solicitó la aprobación de la transferencia, tal como lo exige la legislación vigente.

Además, sus directivos, en la mayoría de los casos, no cumplen con los requisitos que exige la norma para detentar la propiedad de esas emisoras.

Ni lento ni perezoso, Bonadío fue al Comfer y pidió todos los expedientes de la TV por cable, al punto que el titular del Comfer, Julio Bárbaro, cuando debe evaluar alguna petición de las empresas, termina pidiendo, temporariamente, tal o cual expediente a Bonadío.

¿Cómo es que Burzaco y los directivos de la entidad gremial empresaria no se han notificado del peligro que avecina sobre sus libertades individuales?

La Afip

Cuando el juez Bonadío evaluó que la complejidad contable se le escapaba de sus manos, solicitó auxilio a la Administración Federal de Ingresos Públicos, que delegó en un puñado de peritos de la Dirección General Impositiva la tarea de hurgar en los libros y la documentación disponible en el Juzgado Federal Nº 11.

Los contadores del Fisco han manifestado sorpresa ante los hallazgos producidos por su tarea y esto provocó la ampliación de la investigación, y lo que aparecía como un anexo el lavado de dinero- es ahora el eje del caso.

Aparentemente, los montos que se han pagado por las transacciones se elevan hasta 7 u 8 veces por encima de los valores de mercado de estas empresas o porciones de ellas.

Un caso paradigmático que se estudia en el expediente, son las sucesivas compras y ventas del Canal 5, de Mendoza, que fue comprado por un grupo empresario en $ 100 millones (US$ 100 millones, por entonces), y vendido a los pocos meses en $ 20 millones (US$ 20 millones), para ser vuelto a comprar poco después en cerca de $ 70 millones (US$ 70 millones).

Los peritos de la Afip solicitaron, de inmediato, una ampliación de las pericias en ese caso, aunque le han anticipado al juez Bonadío que todo el peritaje de la causa se encontrará terminado antes de mayo, para entonces diligenciar los llamados a indagatoria de unas tres docenas de ejecutivos, inversionistas y profesionales contables locales y extranjeros.

Por las dudas, el juez Bonadío le ha solicitado a los inspectores fiscales la obtención de los balances consolidados de las empresas. Mayo será un mes clave. Desde 1980, cuando fue fundada, la Asociación Argentina de Televisión por Cable no sufre un peligro tan enorme.

El directorio de CableVisión que preside Eric Neuman se planta en la legimitidad y transparencia de la reorganización societaria del 4 de marzo de 2003, ocasión de la fusión y escisión-fusión de Cablevisión Federal S.A., Proainvest S.A. y Construred S.A.; y en lo ocurrido el 1º de abril de 2003, fecha de la fusión y escisión-fusión de Cablevisión S.A., Fibertel S.A. y Construred S.A..Este directorio lo integran, además de Neuman, Marcelo Eduardo Bombau, Horacio Esteban Beccar Varela, Paul Burton Savoldelli, Marcos A. Clutterbuck, Gustavo Garrido, David Leonard, Javier Petrantonio, Alejandro Messineo y John Gowen.

Sin embargo, en lo de Bonadío nada se considera tan fácil de explicar, aún en el marco de la emergencia económica iniciada en diciembre de 2001 (“corralito”); pero además hay acontecimientos anteriores que también se encuentra verificando, y posteriores.

El Comfer avala la instrucción judicial

Para el Comfer, no hay duda de que la parte más grave de la investigación de Bonadío se la lleva CableVisión porque es 100% de inversionistas extranjeros, y esto viola una legislación vigente sobre participación accionista tope o máxima de inversionistas extranjeros en una empresa de medios de comunicación local.

Julio Bárbaro, titular del Comfer, admite que los accionistas extranjeros de CableVisión podrían ser beneficiarios de una interpretación del Tratado entre la República Argentina y los Estados Unidos sobre Promoción y Protección recíproca de Inversiones, suscripto en Washington D.C., USA, el 14 de noviembre de 1991. convertido en legislación 24.124, el 26 de agosto de 1992.

Sin embargo, la Argentina debe renovar la vigencia del Tratado, y existe un profundo debate en el Gobierno acerca de la conveniencia de renovarlo sólo parcialmente.

“Hay una reciprocidad falsa, que no es reciprocidad”, es la opinión de Bárbaro, deslizada ya a la Casa Rosada. Y si hay algo que unifica a todos los contendientes locales en la actividad es la necesidad de no renovar el alcance del Tratado en lo que se refiere a medios de comunicación y se dan 2 poderosos motivos:

** Viola otra legislación existente, la que protege a los Bienes Culturales que incluye a los medios de comunicación;

** Provoca peligro ante algunas demandas penales existentes de parte de extranjeros que amenazan con hacerse propietarios de los sistemas de cable locales.

Julio Bárbaro es muy directo para expresar su opinión: “Si Emmis, que era el operador que controlaba las frecuencias con mayor participación de mercado en el área más rentable del país (lo dice por Radio 10 y FM 98.3 La Mega), se marchó es porque asumió que se aproximan cambios en la estructura jurídica del mercado”.

El juez Bonadío no quiere hacer consideraciones políticas y dice que se remite al expediente y a los posibles delitos que se habrían cometido.

Pero Bárbaro insiste en el enfoque político de la situación que, además, de resolverse favorablemente para el Comfer, le aseguraría al presidente Néstor Kirchner una relación muy fluida con los grandes medios de comunicación. Para Bárbaro, ésta es la cuestión profunda del debate: la transparencia en la propiedad de los medios y que la tendencia en el siglo 21 es no ceder la nacionalidad de la industria. Por lo que aclaró: “Quiero que se sepa el interés del Comfer en la no renovación total del Tratado que vence con USA”.

Los peritos de Afip tienen más pruebas contables que, según anticipan, corroborarían el envío al exterior de remesas multimillonarias que no correspondía gira.

TRES PERLAS DEL COMFER

“La evaluación patrimonial del expediente Nº 182/95, en donde se solicita autorización para el ingreso de TCI International Holding Inc., empresa radicada en Denver, EE.UU., fue realizada sobre sus Estados Contables, sin que los mismos se encuentren firmados por los directivos de la empresa. Cabe aclarar que el monto involucrado en la operación es de US$ 315.000.000,00 y fue autorizada mediante la Resolución Nº 1291-Comfer/95”.

> “En el expediente Nº 180/1998, a pesar de que el cesionario efectúa parte de la compra en cuotas, las mismas no son consideradas como pasivo en la situación patrimonial del adquirente”.

> “En los expedientes en los que es parte Supercanal Holding S.A., las adquisiciones habrían sido financiadas mediante un contrato de facilidades crediticias entre dicha empresa y un sindicato de bancos liderado por ING Baring Securities INC., ING Baring Capital Corporation y el Banco de New York por US$ 500.000.000.-, según surge de la Nota N° 7 de los estados Contables de Supercanal Holding S.A. al 31/12/1997.

No obstante, que el Comfer solicitó copia del mencionado Contrato de Facilidades Crediticias, el mismo no fue remitido, así como ninguna otra documentación oficial de la entidad financiera, imposibilitando, de tal modo, el análisis sobre la capacidad patrimonial acorde con la inversión y el origen de los fondos establecidos en el Art. 45 inc. c) de la Ley”.

CABLEVISIÓN

A la industria del cable, la devaluación de enero de 2002 le provocó una fuerte depreciación de sus activos y un desarreglo tarifario, además del default de Multicanal y CableVisión en los pagos de Obligaciones Negociables emitidas, inicio de una reprogramación de pasivos que no ha terminado. También ocurrió el peligro de cambio de propiedad habida cuenta de la irrupción en escena de acreedores agresivos como es el fondo de inversiones W.R. Huff.

Y la parálisis de inversiones provocó una demora de la mayor ambición de los propietarios de los MSO: la digitalización total del servicio, etapa imprescindible para la convergencia de la voz, la imagen y la transmisión de datos, que permitiría incrementar los ingresos a través De la oferta de telefonía e Internet.

El problema mayor en la investigación lo padece CableVisión, empresa que según la información disponible en su página web, es actualmente de compañías “directa o indirectamente controladas por Hicks Muse, Tate & Furst, Incorporated, con una participación del 50%, y VLG Argentina con el restante 50%”.

¿Quién es VLG¿ ¿Cuál es su relación con Liberty Media? ¿Por qué si esas acciones se las compró TCI International, Inc., a Eduardo Eurnekian ahora son de VLG?

Como comenzó el expediente

La investigación penal federal tiene como base un trabajo del Comité Federal de Radiodifusión fechado el 7 de diciembre de 2001, que provoca la sospecha de que la contabilidad, la auditoria y la gestión del negocio de la TV por cable abunda en irregularidades:

“El presente informe tiene por objeto sintetizar el resultado de la auditoría realizada por esta Sindicatura General de la Nación, en lo referente a la evaluación del sistema de control interno imperante en el circuito y procedimiento administrativo que corresponde al trámite de transferencias de acciones y/o cuotas sociales y titularidad de licencias de radiodifusión, según lo solicitado por la intervención del Comité Federal de Radiodifusión (Comfer) mediante la nota N° 101 del 30 de mayo de 2001.

Las tareas fueron realizadas en las dependencias centrales del Comité Federal de Radiodifusión durante el período comprendido entre el 23 de julio de 2001 y el 7 de septiembre de 2001, y se practicaron sobre actuaciones originadas entre el 1 de enero de 1994 y el 30 de junio de 2001.

(...) Se recibió documentación con las siguientes falencias:> Documentación que debía ser en original o copia certificada y legalizada por el Colegio de Escribanos, en fotocopias simples o bien, certificadas y no legalizadas.

> Documentación en instrumento privado que carece de la certificación de firma.

> Documentación que carece de la legalización del Colegio de Escribanos.

> Se visualizó en algunos expedientes que las firmas del mismo representante en distintos documentos difieren notablemente entre sí.

(...) > Se han evaluado Estados de Situación Patrimonial o Estados Contables en los cuales el valor de la licencia o participación adquirida por la que se solicita la aprobación se encuentra incorporada, distorsionándose, de tal modo, cualquier análisis razonable sobre la base de indicadores u otros parámetros..

(...) >Falta de elementos de juicio para determinar el valor de las transacciones por no adjuntarse en las actuaciones el documento por el cual se formalizó la operación de compraventa, o por carecer el mismo del valor de la cesión.

> En un expediente el contador dictaminante de los Estados Contables de la sociedad cesionaria, es uno de los cinco accionistas de la mencionada sociedad, situación considerada incompatible según las normas profesionales vigentes (Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas).

(...)> La mayoría de los dictámenes de evaluación patrimonial efectuados por el Comfer, en los expedientes analizados, carece de opinión sobre la demostración del origen de los fondos, incumpliendo lo establecido en el Inc. c) del Art. 45 de la Ley de Radiodifusión.

(...) > En la mayoría de los expedientes analizados los socios ingresantes carecen, según su propia declaración, de algún tipo de participación en actividades culturales, no obstante lo cual en el Dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Comfer, se deja constancia que reúnen los requisitos de idoneidad cultural.

> Algunas de las empresas han utilizado como fuente de financiamiento préstamos sindicados, Obligaciones Negociables o prenda de acciones. No se desprende de las actuaciones que el Comfer haya indagado acerca del tipo de condiciones y restricciones y si estas pueden llegar a tener incidencia sobre las licencias. Algunas de estas operaciones resultan de naturaleza jurídica análoga a la emisión de debentures, figura que se halla expresamente vedada en la Ley Nº 22.285 (Art. 46 inc.d).

(...) > Falta de cumplimiento con lo establecido en la normativa vigente para el caso de situación concursal del licenciatario (extinción de la licencia) o del cesionario (caducidad del trámite).

(...) > Inconsistencias en la base de datos, en virtud de la falta de inclusión de actuaciones, incorrecta carga de datos, y falta de un padrón actualizado.(...)”.

Recorte de Urgente/24, 5 de marzo de 2004.

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