Fecosur y Fecotel se refirieron al DNU 690

02-09-2020

La carta dirigida a la secretaria de Innovación Micaela Sánchez Malcolm, al titular del Enacom Claudio Ambrosini y al secretario TIC Martín Olmos, describe el contexto en el cual las cooperativas prestan servicios de telecomunicaciones en el país, en condiciones de enorme asimetría de “poder y escala” en relación a las grandes prestadoras.

Sobre el DNU 690, ambas federaciones señalan en la carta enviada:

“Las cooperativas se han visto afectadas por las acciones derivadas del DNU 311/2020; sus servicios no tienen el mismo costo que para un incumbente y la incobrabilidad las afecta de mayor manera; además la necesaria relación con las incumbentes representa un costo en dólares estadounidenses. A esto, se suma hoy el DNU 690 que congela los precios a nuestros asociados y clientes en pesos argentinos”.

“Por estas razones solicitamos de parte del gobierno las siguientes acciones:

Establecer un tope mayorista al precio del Mbps en servicios de IP Transit (acceso a internet) para cooperativas de telecomunicaciones y organizaciones afiliadas a nuestras federaciones. Está demostrado que con la aparición de ARSAT como alternativa los precios bajaron. Destacamos el rol de ARSAT en el acceso de las cooperativas a su aprovisionamiento -conectividad- de internet y estimulamos la continuidad de su política de precios como moderador referencial.

Extender el beneficio del artículo 7 de la Resolución 286/18 (Enacom) a todas las cooperativas entendiendo que comprende todos los cargos de interconexión de telefonía. Resumidamente, todo lo que factura y cobra cada uno de los interconectados por servicios (propios y o de terceros) es para cada uno y el intercambio se realiza en el punto de interconexión.

Que se admita, oportunamente, mecanismos que permitan aumentar los precios de los servicios en cooperativas, si los costos de los mismos superan los ingresos, con el fin de asegurar la continuidad. Nótese que el Art. 2° del DNU 690 señala que «Artículo 48: Regla. Los licenciatarios y las licenciatarias de los servicios de las Tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, deberán cubrir los costos de la explotación, tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación».

Que el servicio mínimo de internet en las cooperativas sea el mínimo servicio actual. Esto ayudará a las cooperativas que tienen usuarios con 1Mbps. Entendemos que el servicio mínimo deseable sea de 2Mbps, pero algunas redes aún no están preparadas y necesitamos esta alternativa hasta que lo estén. Sabemos que es poco, mucho mejor que nada.

Un Programa de Conectividad para cooperativas que brinde acceso a ANR a través de un proceso adecuado al sector cooperativo y al fortalecimiento del mismo. Esto les permitirá continuar desplegando redes y así llegar a más personas con mejores servicios. Debe considerarse que las inversiones necesarias son mayormente en dólares estadounidenses y se están alejando cada vez más del alcance de las cooperativas. Esto está alineado a los considerandos del DNU 690: «la convergencia de tecnologías constituye parte de la naturaleza misma del desarrollo del sector, por lo cual es un deber indelegable del Estado nacional garantizar el acceso y uso de las redes de telecomunicaciones utilizadas en la prestación de los servicios de TIC...» Estos ANR son para el despliegue de redes esenciales para la convergencia de servicios.

Tener prioridad en el despliegue de la REFEFO, para que la misma interconecte el mayor número de cooperativas posible, de forma tal que las mismas puedan tener ahorros operativos por usar esa red interurbana entre cooperativas para compartir redes y servicios.

Que se promuevan los marcos tendientes que permitan a las cooperativas entrar al segmento móvil 4G (y oportunamente -cuando se determine- 5G) en forma sustentable. Lo cual hoy es inviable por las enormes barreras de entrada de los incumbentes. Este pedido está alineado a los considerandos del DNU 690 que expresan «se produjo un desarrollo exponencial de la telefonía celular, convirtiéndose en la actualidad en el medio de comunicación más importante, incluyendo la transmisión de datos...». Federación de Cooperativas de Telecomunicaciones de la República Argentina Ltda.

Protección de las inversiones en la infraestructura de cooperativas que han desarrollado redes de nueva generación, en especial redes de fibra óptica. La compartición de la misma, conduciría al debilitamiento de las cooperativas que con mucho esfuerzo desarrollan su infraestructura. Eso llevaría a una menor inversión, suba de precios y sus servicios dejarían de ser asequibles, lo cual es contrario al espíritu de las mismas.

La carta completa puede consultarse aquí

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