EMPADRONAMIENTO PARA LICENCIATARIOS DE TV PAGA

29-04-2016

Según informó el organismo nacional que tiene ahora bajo su órbita la regulación de los servicios de TV paga por vínculo físico o radioeléctrico, desde el lunes 30 de abril estará disponible on line el aplicativo para el empadronamiento en la página del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).

A partir de ese día, los titulares de al menos una licencia de servicios de comunicación audiovisual por suscripción por vinculo físico o radioeléctrico deberán señalar el área de cobertura originaria y las extensiones de la misma. También hay disposiciones en la resolución para quienes pidan prórrogas de las licencias o transferir la titularidad o acciones de éstas.

En los casos de las cooperativas que han solicitado una licencia y antes del decreto 267/2015 no habían obtenido la misma, tienen un plazo de 30 días para ratificar el interés por la prestación del servicio desde la fecha de la publicación de la resolución 437/2016, el 11 de marzo. El artículo 2 agrega que de no formularse este pedido se caerá el trámite iniciado.

Para aquellos licenciatarias que tenían pendiente la habilitación definitiva de la licencia, y que por lo tanto ya eran titulares al momento de la sanción del DNU 267/15, el artículo 7 de la resolución del Enacom señala que deben completar el registro administrativo y técnico informando la localización territorial de sus servicios, el área de cobertura originaria y las extensiones si las hubiese.

Por otro lado, quienes tengan la intención de solicitar una licencia y no hayan iniciado ningún trámite, deberán hacerlo a partir de ahora bajo la resolución 1394/16 del Enacom, que remite a las condiciones del decreto 764/2000.

Desde este lunes, el registro estará disponible en Enacom

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