El sector energético cooperativo reclama medidas urgentes para afrontar pagos

08-04-2020

La Mesa Nacional de Cooperativas Eléctricas que conforman las organizaciones Conaice y Face Nacional emitió este miércoles un documento donde solicitan a los Estados Nacional y Provinciales medidas para hacer frente a las diversas situaciones que deben afrontan las cooperativas que brindan energía en todo el territorio del país.

Tras detallar la situación devenida del aislamiento social obligatorio, los presidentes Luis Castillo (Conaice) y José Álvarez (Face Nacional) demandan en el comunicado la postergación del pago (marzo y abril) a la mayorista eléctrica Cammesa, en los casos de las cooperativas que son agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). El mismo concepto se solicita a las distribuidoras provinciales, como Epe (Santa Fe), APE (La Pampa) o Epec (Córdoba), con aquellas cooperativas distribuidoras que tampoco podrán hacer frente a los compromisos con sus proveedoras.

Al 31 de marzo, detallan los cooperativistas, con la primera postergación del aislamiento las cooperativas pagaron los haberes de sus trabajadores “con un nivel de cobranza que no llegaba al 40% de su recaudación” en algunas entidades.

La obligación de mantener cerradas las oficinas y la baja incidencia de métodos de pago online en las comunidades donde están arraigadas las cooperativas, hicieron que la situación empeorara en las semanas siguientes, describen.

Entre medio, la sanción del decreto 311/2020 que dispuso la “abstención de cortes de servicios en caso de mora o falta de pago” por un lapso de 180 días a un sector de la población perjudicado por la situación económica y social, trajo mayores inconvenientes. El decreto también establece fijar planes de pago para la cancelación de las deudas contraídas.

“A pesar que la Autoridad de Aplicación aún no ha reglamentado ni identificado a los usuarios efectivamente beneficiados, se estima que probablemente sea más del 40% el universo alcanzado por la medida”, explican.

También debe considerarse, señalan desde la Mesa, la disminución de la demanda energética como consecuencia de la caída del sector industrial (52%), de servicios (16%) y en menor medida del petróleo (5%).

Frente a esta realidad, las representaciones cooperativas solicitan a los Estados la toma de medidas de carácter urgente para lo que ya consideran una realidad, que es la afectación de la cadena de pagos.

“Resulta necesario que el Estado, una vez más, genere herramientas que permitan la normal continuidad de los servicios públicos en el país, mediante aportes económicos o exenciones de pago según sea el caso de que se trate”. También solicitan incluir a las cooperativas de servicios esenciales en los beneficios del decreto 332/2020 que otorga un aporte económico para el pago de salarios y capital de trabajo.

“No ignoramos toda la encomiable tarea que se está llevando a cabo mediante las políticas sociales, sanitarias, económicas y laborales” es por eso que “apelamos a esa sensibilidad del Ejecutivo Nacional, para que no se produzca una nueva injusticia con las empresas de la Economía Social y Solidaria que prestan servicios públicos esenciales”, concluye el documento.

Fragmento del documento

MEDIDAS NECESARIAS EN LA COYUNTURA Y DE RESOLUCION Y EJECUCIÓN URGENTES:

1- CAMMESA debe suspender el vencimiento de la factura que debió abonarse el 8 de abril y acordar una forma de pago con los agentes que debe tener en cuenta:

El nivel de cobranza de los agentes

La obligación de garantizar la continuidad del servicio que impone pago de salarios, insumos esenciales, etc.

La obligación de no cortar el suministro a aproximadamente el 40% de sus usuarios.

2- El plan de pagos (cuotas, intereses, plazo de gracia, etc.) que se imponga para el pago de la mora generada por los beneficiarios del DNU 311/2020.

3- Los gobiernos provinciales deberán generar las herramientas regulatorias necesarias para que igual trato den los DISTRIBUIDORES PROVINCIALES a las COOPERATIVAS no agentes del MEM que adquieren para ser distribuida la energía de aquellos.

4- El gobierno Nacional debe incluir a las cooperativas de servicios públicos como sujetos alcanzados por los beneficios otorgados por el DNU 332/2020 y modificatorio.

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