A partir de ahora las entidades que brindan Servicio de Crédito y Ayuda Económica Mutual deben transmitir electrónicamente la información mediante Trámites a Distancia (TAD). Esta herramienta agilizará y facilitará el trámite a las cooperativas y mutuales de todo el país, que ya no deberán ingresar estas presentaciones por Mesa de Entrada.
Estas medidas se desprenden de las resoluciones 1423/16 y 1424/16 dictadas por el Directorio del INAES, a través de las que se estableció:
Las cooperativas que brindan servicio de crédito y las mutuales que prestan el de ayuda económica deben transmitir electrónicamente la información exigida por las Resoluciones Nros. 7207/12,- TO 371/13- y 1418/03, -TO 2316/15-, no siendo necesaria su presentación posterior en soporte papel.
El informe trimestral de auditoria exigido por las mencionadas resoluciones se presenta solo por el sistema de trámite a distancia. No se recepcionarán en Mesa de Entradas, y tampoco se aceptan vía correo postal.
Siguiendo esta normativa, se dejan de recibir estos trámites en formato papel, avanzando así en el proceso que el INAES lleva adelante camino a la despapelización.
Para mayor información consultar en la página web del organismo en Guía de Trámites, Trámite a Distancia (TAD).
Accede a las resoluciones correspondientes en la web del INAES: www.inaes.gob.ar/Normativas/Resoluciones