Declaran empleado a un socio cooperativo

04-05-2005

La falta de acreditación por parte de una cooperativa de trabajo que tuviere una conformación y desenvolvimiento regular e sus organismos de control, entre otras cuestiones, fue el factor determinante para que declarara la existencia de una relación laboral.

De esta manera, la sala II de la Cámara nacional del Trabajo, revocó el fallo que en sentido contrario había dictado el juez de primera instancia, y condenó Pretor cooperativa de Trabajo Ltda., a pagarle a Nicolás Bret los haberes e indemnizaciones por despido que reclamara.

La Sala, integrada por Graciela González - autora del voto- y Guillermo Bermúdez, destacó que “aun compartiendo el principio según el cual la prestación de servicios en una cooperativa de trabajo genuina, la calidad de socio excluye la de trabajador dependiente, pero lo cierto y concreto es que en la especie, surge de los propios escritos integrativo del proceso, así como de la prueba testimonial producida en la causa, que la cooperativa demandada era quien utilizaba los servicios del actor, enviándolo a realizar tareas de vigilancia en dependencias de terceros que contratan dicho servicio, limitándose a impartir las órdenes respectivas, fijar el horario a cumpliry abonar los montos salariales debidos que eran acordados en oportunidad de tomar el servicio, aunque bajo la forma de anticipos de retornos a cuenta de utilidades”.

Por otra parte, la Sala sostuvo que “habiendo asumido plenamente el servicio de comercialización al que se encontraba afectado el actor, si n que se aprecie acreditado en la causa, de manera fehaciente, por quien tenía la carga procesal de hacerlo, que la asociación cooperativa de marras tuviere una conformación y desenvolvimiento regular de sus organismos de control, la participación del trabajador en asambleas donde se aprobaran balances, eligieran representantes y se distribuyeran excedentes, ni la convocatoria a las mismas, conduce a inferir que el vínculo cooperativo fue meramente aparente”

Fuente: Comercio y Justicia.

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