El grupo sostiene que el pago por el uso de columnas es "irrazonable". La multinacional Telecom ha comenzado a enviar a varias cooperativas pampeanas una nota mediante la cual avisa que no está dispuesta a pagar el canon por el uso de las columnas propiedad de las entidades pampeanas para sus tendidos de servicios de comunicaciones. Abogados de la empresa avisaron que el canon fijado por la ley provincial 3140, sancionada a fines del año pasado por la Cámara de Diputados, no puede estar por sobre la normativa nacional que existe en tal sentido y hacen reserva de la decisión de emprender acciones judiciales por lo que consideran un canon "irrazonable y desproporcionado", según publicó el diario La Arena. Mientras tanto, las cooperativas pampeanas preparan la documentación que ha solicitado la Administración Provincial de Energía (APE) y que tiene que ver con el espacio de los soportes que es usado para algo más que los tendidos eléctricos. Ayer (por el viernes 24/5), en una reunión de trabajo en la localidad de Bernardo Larroudé entre las cooperativas del norte provincial, autoridades de la Subsecretaría de Cooperativas y la Federación Pampeana de Cooperativas de Servicios Públicos (Fepamco), se analizaron los pasos a seguir. Fue voluntad unánime continuar con los trámites administrativos que corresponden y seguir el curso de los acontecimientos, confiados en el respaldo que significa la ley que terminó con la polémica y le otorgó la propiedad de las columnas y la posibilidad de cobrar un canon a aquellos que, una vez adecuados a la normativa técnica, usen los soportes. La ley está vigente y tanto las cooperativas como los prestadores privados o públicos que aspiren a su uso deben presentar una serie de requisitos para todo lo que no sea energía, el uso principal. Las propias cooperativas que cuentan, por ejemplo, con red de fibra, deben cumplir con lo que pide APE. Desde la vigencia de la ley, el 4 de enero, los plazos están corriendo y lo que finalmente quede firme deberá ser abonado con carácter retroactivo a las cooperativas. La nota Luego de una introducción al tema legal de una carilla, los abogados de Telecom dicen a las cooperativas que "no reconocen ni dan validez" a la ley provincial y anticipan que se reservan "la posibilidad de impugnar" dicha norma "a través de acciones judiciales y/o solicitar que actúe el Ente Nacional de Comunicaciones. La advertencia se basa en que según ellos "el mecanismo de cálculo del precio a abonar es irrazonable y desproporcionado". En este tramo del escrito reconocen entonces que deben pagar ya que sólo cuestionan los montos y argumentan que "es inaplicable en la relación entre estas partes" ya que consideran que las cooperativas advertidas "tienen registro para prestar servicios de radiodifusión por suscripción". Para la multinacional, el uso de las columnas debe regirse por una ley nacional, la 27.078, que en uno de sus artículos "exige que el precio se fije según condiciones de mercado" y prevé que en caso de no alcanzarse acuerdos entre las partes deben dar intervención al ENaCom, tal como citan más arriba. "Advertimos que el eventual no acatamiento de lo dispuesto por esta ley sería violatorio del principio de supremacía federal", impuesto por la Constitución Nacional, que también tiene previsto disposiciones sobre la competencia, finalizan. La ley En La Pampa, el 14 de diciembre del año pasado, la Legislatura sancionó la ley que regula el uso de la infraestructura de soportes, columnas y postes de la red eléctrica en la provincia, otorgando protección a las cooperativas eléctricas que ven con preocupación la intención del gobierno nacional, a través del impulso de la denominada Ley Corta de Telecomunicaciones, de permitir que cualquier prestador pueda utilizar la infraestructura ya existente para prestar servicios de telecomunicaciones. La falta de legislación permitió durante un tiempo a empresas de TV por cable y de telefonía utilizar en forma ilimitada las columnas del tendido eléctrico, sin abonar ningún canon, a pesar que los postes fueron colocados por las cooperativas. Ahora, con la propiedad definida se define la situación. La normativa estableció que para el uso de la infraestructura (las columnas) por parte de Terceros Usuarios Prestadores deberá solicitar la autorización al Prestador del Servicio Público de Electricidad, abonándole un canon por el derecho de uso de los soportes de la red.
Diputados rechazan la "desobediencia" del Grupo Clarín Diputados provinciales de los bloques del oficialismo y también de la oposición exigieron a la empresa Telecom que pague el canon que establece la ley provincial por el uso de las columnas ante la decisión de la firma del Grupo Clarín de ir a la justicia contra la normativa sancionada en diciembre pasado. Espartaco Marín y Jorge Lezcano, del PJ; Carlos Bruno de la UCR y Luis Solana del PS, entre otros, se pronunciaron en similares términos sobre la negativa del grupo empresario. "Hay un error básico en lo que plantean las grandes corporaciones sobre el uso de las columnas. No se puede discutir si se va a pagar o no, es ley y hay que pagar", afirmó Lezcano. "Las leyes se discuten en la Cámara, no en los escritorios de los empresarios. Si las empresas no pagan, están fuera de la ley", siguió. El Grupo Clarín, a través de Telecom, vuelve a enfrentarse ahora con las cooperativas por el uso de las columnas, al desconocer la ley provincial que regula el uso de la infraestructura y pretendiendo que se priorice la ley nacional 27.078 que establece que el precio del canon por el uso de las columnas se fije según las condiciones de mercado". Un dato no menor es que la normativa establece que si no hay acuerdo entre quienes pretenden usar las columnas y sus propietarios, intervendrá el Enacom, hoy controlado en forma discrecional por el gobierno de Cambiemos. Fuente: Diario La Arena