La Confederación Cooperativa de la República Argentina (Cooperar) entiende que la decisión del Ejecutivo nacional "fortalece las políticas que se vienen desarrollando para desarrollar un mutualismo y cooperativismo de crédito eficiente".
El decreto de necesidad y urgencia Nº 246/11 incorporó un párrafo en el inciso b) del artículo 14 de la Ley Nº 24.241, sus modificatorias y complementarias, fijando un límite máximo para el costo de los créditos otorgados a través de la operación del sistema de código de descuento a favor de terceras entidades, aplicable a las operaciones de préstamos personales para jubilados y pensionados, modificando asimismo el artículo 74 de dicha ley.
En virtud de este cambio normativo, la Anses dispuso que ese costo no podrá exceder en un cinco por ciento adicional la tasa informada mensualmente por el Banco Nación como aplicable a las operaciones de préstamos personales para jubilados y pensionados del Sistema Integrado Provisional Argentino, que sean reembolsados a través del sistema de código de descuento.