Este martes se publicó en el Boletín Oficial el decreto 634/06 (ver aquí) de constitución de la empresa satelital ArSat. Según establecía la Ley 26.092el noventa y ocho por ciento de la participación accionaria corresponde al Ministerio de Planificación, y el dos por ciento restante al Ministerio de Economía. También se instruye a Jefatura de Gabinete “a disponer las modificaciones necesarias” en el presupuesto nacional, para constituir el capital inicial de $ 50 millones. Según se establece en la ley, ese monto deberá ser incrementado con la emisión de acciones de Clase B para el aporte de capital privado que valdrán cinco votos cada una, y las de Clase C para intercambiar en “especies”. Las de Clase A quedaran en manos del Estado, tienen un valor de 1 voto cada una y son intransferibles. Además, el Ministro De Vido tendrá la facultad de “distribuir sus autoridades, designar los miembros de la Comisión Fiscalizadora, fijar la sede social y efectuar todos los actos necesarios para la puesta en funcionamiento de la Sociedad mencionada”.