A partir de esta nueva disposición, quienes realicen trabajos eléctricos en un domicilio sin contratar a un instalador habilitado recibirán sanciones entre los 42 mil y 57 mil pesos. También serán sancionados que pueden llegar a los 100 mil pesos los electricistas que certifiquen obras que realizaron otros.
La información fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia bajo la resolución Nº 97.
“Después de un año de vigencia de la ley, consideramos que lo más adecuado al fin propuesto era endurecer las sanciones. El mensaje es claro: hay que respetar la ley”, dijo el titular del ente Mario Blanco en declaraciones al diario La Voz. “A lo largo de 2018 se expidieron más de 120 mil certificados de conexión, y de esa experiencia surgió la necesidad de modificar el cuadro de multas”, explicó el funcionario.
La resolución también prevé sanciones económicas para las 200 cooperativas que prestan el servicio eléctrico en la provincia, para la propia empresa provincial y los municipios.
“En el caso de los electricistas y profesionales habilitados, las sanciones pueden llegar hasta la suspensión y la inhabilitación, excluyéndolos del “Registro de Instaladores Electricistas Habilitados”, explicó Blanco.
El Ersep cuenta actualmente con un registro oficial de 5.964 electricistas de Categoría III (idóneos con capacitación relacionada a la especialidad eléctrica). Además, hay unos 15 mil electricistas habilitados de Categorías I y II (profesionales y técnicos con títulos de grado). Consultar listado
En la página web del ente de control se puede consultar el registro oficial de instaladores habilitados en el marco de la ley de Seguridad Eléctrica.
Valor de las multas
La nueva resolución del Ersep establece una Unidad de Multa (UM) “equivalente a 100 veces el valor unitario del kilowatt-hora (kW/h) de la mayor tarifa de la categoría residencial dentro de cuyo ámbito se haya cometido la infracción”.
Para las prestadoras del servicio eléctrico, las multas previstas van desde las 200 a las 300 UM (entre 142.968 y 214.452 pesos) en caso de que, por ejemplo, otorguen la conexión de un suministro sin exigir el correspondiente certificado de instalación eléctrica apta.
En el caso de los instaladores, si emiten certificados que no cumplen con lo que exige la ley de Seguridad Eléctrica, se exponen a sanciones económicas que van de las 100 a las 180 UM (71.484 a 128.671 pesos). Y si firman certificados de obras realizados por otros, las multas por aplicar son de 100 a 150 UM (entre 71.484 y 107.226 pesos).
A los usuarios particulares que contraten servicios de electricistas no inscriptos en el registro oficial, les cabrá una sanción de 60 a 80 UM (entre 42.890 y 57.187 pesos). En la mayoría de los casos, las multas se agravan en caso de reincidencia en las faltas.
“Para cumplir con la ley, los municipios deben, por un lado, ajustar sus códigos de edificación a la nueva normativa sobre seguridad eléctrica en la provincia; y por otro, adecuar todas las instalaciones de alumbrado público y de edificios oficiales a las exigencias vigentes”, explicó Blanco.
Desde la entrada en vigencia de la ley (el 1° de diciembre de 2017), las municipalidades y comunas cordobesas tienen dos años para adherir a la norma. Según el titular del Ersep, al día de hoy el nivel de adhesión es dispar.