Al COMFER se le acabó el tiempo

24-09-2004

Entre las distintas consideraciones manifestadas en la Conferencia de Prensa por el presidente de CARCO, Rodolfo Santecchia, se reflejan las siguientes:

“Se ha concluido una etapa judicial que nos habíamos dado desde hace tres años y judicialmente hemos ganado en todos los aspectos a los planteos que se han hecho desde el CONFER, lo que da una posición de poder al movimiento cooperativo como para poder seguir enfrentando los nuevos desafíos desde otra perspectiva. El fallo en si mismo encierra muchos conceptos que va a ser difícil que se los pueda doblegar, “como el que dice que a las cooperativas no se les puede pedir que esperen 20 años más”, esas cosas han quedado reflejadas y estos son puntos sobre los cuales el cooperativismo debe seguir avanzando”.

Más adelante afirmaba, “La parte judicial es la que incide, porque ahora el debate está inserto sobre la modificación del Art.45, de la Ley de Radiodifusión en la Cámara de Diputados de la Nación, o el que salió en senadores que no beneficio al cooperativismo, todos estos proyectos han estado influenciados porque el movimiento cooperativo presiona y esto es lo que nos tiene que hacer pensar que en todas las actividades en que las cooperativas realmente presionen, actúen unitariamente, mantengan un discurso único y lo lleven como tema estratégico a los máximos niveles de su debate, es posible conseguir resultados y eso es algo que no debemos dejar de hacer”.

En referencia al CONFER expresó, “al COMFER se le acabo el tiempo, al Poder Ejecutivo se le acaba el tiempo, no creo que pueda salir una ley en los plazos actuales ya que analizándolo el Poder Judicial le informa al CONFER, que dispone de 60 días para la entrega de pliegos y que se abstenga de seguir prorrogando, por lo que el COMFER se encuentra ante una gran disyuntiva, porque tiene una orden directa de un Juez de entregar los pliegos, tiene un plazo para hacerlo y tiene otra orden de no continuar prorrogando la entrega de pliegos. No tenemos rotas las relaciones con el COMFER de cualquier manera creemos que con el Interventor del COMFER (Julio Bárbaro), no hay un dialogo coherente y objetivo, ya que el funcionario se mueve en favor de los monopolios. En el caso de la relación con los integrantes de la Comisión de Comunicaciones e Informática de la Cámara de Diputados, la relación es muy buena, tal es así que tenemos un dialogo permanente con todos los bloques”.

Por su parte Miguel Julio Rodríguez Villafañe, abogado de CARCO y de distintas cooperativas que reclaman ante la justicia el derecho a ejercer la radiodifusión expresaba: “El fallo judicial que se acaba de lograr por la presencia del cooperativismo, no solamente ratifica la inconstitucionalidad del Art. 45, de la Ley de Radiodifusión que ya se hiciera en el año 2003, con el caso de la Mutual Carlos Mújica, junto a la Cooperativa Santa Rosa de Río Primero, que luego le siguió también la Cooperativa Del Totoral, sino que recientemente en la Justicia Federal de Córdoba, se logró otra declaración de inconstitucionalidad del Art. 45, a favor de la Cooperativa Las Varillas, junto a dos amparos que se presentaron, uno en representación de la Cooperativa Del Totoral y otro de Santa Rosa de Río Primero, que son las dos que tienen fallo y sentencia firme, declarando la inconstitucionalidad del Art. 45, impugnando otros de los impedimentos puestos arbitrarios e inconstitucionalmente por el COMFER como son, las resoluciones por las cuales suspenden la entrega de pliegos para la prestación de servicios complementarios de radiodifusión en lo que hace a la televisión por cable, que interrumpidamente y por distintas resoluciones viene dictando el COMFER desde setiembre del año 2000 por eso que, por la Cooperativa de Santa Rosa de Río Primero se planteó la inconstitucionalidad que no fue atendida en primera instancia (Juzgado Federal N° 1), siguiendo los argumentos del COMFER, fue apelada y en estos momentos la Cámara Federal de Córdoba revocó esa sentencia y dio razón extensa al cooperativismo, diciendo lo que sucedía implicaba en los hechos una verdadera reserva de mercado, hizo presente que era inaceptable que al cooperativismo se lo siguiera marginando so pretexto de una nueva ley de radiodifusión. Este fallo que es de singular importancia porque es de segunda instancia, que también acompaña al fallo de primera instancia que se dictó en el caso de la Cooperativa Del Totoral, en el mismo sentido, lo que son pasos fundamentales y valiosos para toda la sociedad y el cooperativismo.

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