Ahora si, cajas cooperativas
Luego de la modificación que realizó el Banco Central sobre la reglamentación para el funcionamiento de las cajas de crédito cooperativas entidades de distintos puntos del país como Buenos Aires, Santa Fe y Córdoba comenzarían a trabajar.
La nueva reglamentación dispone un conjunto de medidas que sin duda facilitarán la formación de este tipo de entidades de asistencia financiera, en beneficio de una amplia franja de empresas y de sectores de pequeños y medianos recursos económicos.
Esta disposición publicada en el comunicado 48366 del Bcra, sostiene que Los cambios que se introducen en estas normas apuntan a alcanzar un desarrollo armónico y diversificado de las cajas de crédito a fin de asegurar la atención de empresas, individuos o regiones que no estén satisfactoriamente atendidos por otro tipo de instituciones.
Las mejoras normativas que se incorporan a la reglamentación crearán incentivos para que entidades cooperativas o mutuales, que ya presten servicios financieros de distinta índole, tomen la iniciativa de crear una caja de crédito y comiencen a operar bajo la supervisión del BCRA, cuya presencia contribuye a aumentar la confianza del público en estas instituciones.
De esta manera se da un vuelco a la reglamentación, volviendo al espíritu original que tenían en mente los Legisladores Graciela Bar y Héctor Polino.
La disposición expresa que las siguientes son las principales modificaciones:
Se aumenta la participación máxima que pueden tener las cooperativas de servicios públicos en el capital de las cajas de crédito. Se mantiene el criterio de que esta participación sea superior a la de los restantes asociados pero, a diferencia de la norma anteriormente vigente, se admite también la participación de otros tipos de cooperativas en el capital social.
Con el objetivo de facilitar la constitución de cajas de crédito en zonas de menor densidad poblacional o desarrollo relativo, la participación de las cooperativas en su capital se ha establecido en relación inversa a la población, a partir de 10% que queda determinado para las zonas más pobladas.
Se admitirá que la participación de cooperativas de servicios públicos en cajas de crédito llegue hasta 50% en el caso de las radicadas en partidos o departamentos que no superen los 40.000 habitantes. En el caso de cooperativas con un objeto diferente (de consumo, agropecuarias, etcétera), el límite de participación es de hasta 25% del patrimonio de la entidad para esa misma franja poblacional.
Con ello se busca que, en regiones donde el capital pueda ser inicialmente escaso, las cooperativas compensen esa limitación y lideren el desarrollo de las cajas de crédito en las primeras etapas de su funcionamiento, además de volcar la experiencia adquirida en sus actividades habituales.
Con estas modificaciones, se cumplirá el objetivo de reducir los costos e impulsar la creación y desarrollo de estas entidades en todo el territorio nacional que seguramente antes de fin de año comenzarán a funcionar.