El prototipo del monarca absoluto de todos los tiempos, fue el rey de Francia Luis XIV. Él solía decir que “L´état c´est moi”, ( el estado soy yo). Ése rey, cuyo reinado se dió entre los años 1643 a 1715, no aceptó ninguna limitación a su poder. Setenta y cuatro años después de su muerte, la revolución francesa derrocó a la monarquía.
Comenzó entonces el Estado constitucional moderno. Los gobernantes se tenían que atener a lo que dispone la ley y ésta era la consecuencia de procedimientos democráticos. Asimismo, el poder político se equilibraba con la existencia de tres poderes independientes, que debían funcionar bajo los principios de la república.
Fue un avance en civilización política del mundo.
Pero nuestro país, que sabe darnos sorpresas a cada rato, ha acunado un nuevo Luis XIV, y nada menos que a cargo de la intervención del Comité Federal de Radiodifusión, ( COMFER).
Un funcionario de menor entidad dentro de la estructura del Poder Ejecutivo, ha dado muestra que se siente que “el Estado es Él”, al mejor estilo del absolutismo monárquico francés.
Pues, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el caso que llevé adelante de la “Cooperativa de Servicios Públicos y Sociales Villa Santa Rosa Limitada” de la localidad de Santa Rosa de Río Primero de la Provincia de Córdoba, con fecha 8 de septiembre de 2003, determinó que las cooperativas de servicios públicos tienen derecho a ser titular de licencias de radiodifusión. Porque entender lo contrario, estableció el tribunal, viola derechos fundamentales consagrados en la Constitución Nacional, en los artículos 14, 16, 28 y 75, inciso 23 y en los Pactos Internacionales incorporados a la misma, ( como el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos ). En el mismo sentido la Cámara Federal de Córdoba, en fallo firme, con carácter de cosa juzgada, ordenó que se reconozca a la “Cooperativa Telefónica de Servicio Publico y Comunicaciones de Villa del Totoral Limitada”, también de la Provincia de Córdoba, como entidad con capacidad para ser titular plena de frecuencias de radiodifusión.
O sea el máximo tribunal del país y la justicia federal unánimemente, en distintos casos con sentencia firme, en el mismo sentido, dejaron en claro que las cooperativas de servicios públicos tienen derecho a ser titulares plenas de licencias de radiodifusión. Aún más, expresaron los jueces que ello correspondía en base a derechos fundamentales que les asisten a dichas entidades de bien común.
Sin embargo, Julio Bárbaro, el actual interventor del COMFER, el 12 de marzo de 2004, en Villa Gesell, en un encuentro organizado por la Asociación Argentina de Televisión por Cable, ( ATVC) sostuvo que “si las cooperativas de servicios públicos quieren dar cable, yo les digo que no”. Él por si, por sobre la ley y la justicia, determinaba que no se dará licencias para brindar TV por cable a las cooperativas. En un claro ejemplo de un absolutismo monárquico, inaceptable en una democracia republicana, como la que se pretende se concrete acabadamente en el país.
Más no conforme con ello, el 15 de marzo de 2004, se publicó en el Boletín Oficial de la Nación, la Resolución Nº 241 del COMFER, dictada por Bárbaro. En la misma, nuevamente quedan plasmadas, por parte de dicho funcionario, las actitudes contraria a la lógica del Estado de Derecho que nos rige. La resolución, no solo vuelve a prorrogar la suspensión de la entrega de licencias de servicios complementarios como el servicio de TV por cable, suspensión que lleva a la fecha más de tres años y seis meses ininterrumpidos, ( desde el 11 de septiembre de 2000, como lo reconoce la propia resolución), sino que, con afirmaciones sin sustento, deja en claro que no dará licencias a la cooperativas de servicios públicos. Todo ello funcional a una verdadera reserva de mercado a favor de quienes, actualmente, tienen la licencia. Y sin vueltas, haciendo un uso desleal del censo al que convocara el COMFER, sostiene que, dado que hay muchas cooperativas que desean prestar servicios complementarios, él considera que ello no es bueno, por lo que suspende la entrega de los pliegos para acceder a prestar los servicios de cable, hasta que los legisladores reformen la ley, prohibiendo que las cooperativas de servicios públicos presten el servicio que las normas constitucionales y la justicia les han reconocido que pueden prestar.
Llega a decir, que el solo hecho que en la temática intervengan cooperativas, hará que el mercado de la radiodifusión pierda transparencia y se de una competencia desleal. Es un insulto injusto e inmerecido para el movimiento cooperativo. Resulta que las cooperativa compiten en el mercado de la telefonía, la electricidad, el gas, etc., y nadie puede decir que eso haya tornado no transparente y afectado la competitividad, más justo el interventor del COMFER, por si, determina que ello sucederá en materia de TV por cable.
Aún más, en un sofisma monárquico, Bárbaro sostiene que entiende que corresponde al legislador nacional efectuar las consideraciones de oportunidad y conveniencia para reformar la ley de radiodifusión, pero mientras tanto, él, desde el organismo que dirige, “como rey supremo”, determina que no cumplirá la ley vigente y no acatará la constitución y las decisiones de la justicia. Suspende en consecuencia los derechos consagrados hasta que la norma se adecue a la perspectiva que él desea. Es una tremenda y característica “barbaridad”.
La libertad de expresión es un derecho humano que debe ser respetado, como presupuesto esencial de la democracia, por lo que su negación, con actitudes como las del funcionario a cargo del COMFER, nos retrotraen a tiempos de monarquías absolutas, inaceptables en una democracia republicana como la que consagra nuestra constitución.
Miguel Julio Rodríguez Villafañe
Abogado de cooperativas y mutuales Presidente de la Asociación Iberoamericana de Derecho de la Información y de la Comunicación (A.I.D.I.C.).
[1] Publicado el 06/04/04 en el Diario “Comercio y Justicia” de la Ciudad de Córdoba